La sentencia anula el expediente y la sanción impuesta por la CNMC a Mediapro de más de 6’5 millones de euros por la firma de contratos con FC Barcelona, Real Madrid, Sevilla FC y Racinjg. La sentencia se produce días después de que el Tribunal Supremo diera la razón al Sevilla FC en el litigio que mantenía con la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia por una multa de 900.000 euros, la Audiencia Nacional ha decidido dejar sin efecto la sanción que en su momento impuso a Mediapro y la productora catalana evita así pagar una multa que ascendía hasta los 6,5 millones de euros.
El origen del litigio se remonta a hace casi tres años, cuando en noviembre de 2013 la CNMC sancionó a Mediapro con esta suma por considerar que los contratos de adquisición de derechos audiovisuales alcanzados con los equipos FC Barcelona, Real Madrid, Sevilla FC y Racing de Santander, con una duración de 4 temporadas, eran contrarios a la legislación anticompetencia. La CNMC pretendía aplicar a estos contratos una legislación aprobada con posterioridad a la firma de los mismos e ignorar la legislación europea en este ámbito. La CNMC sancionó a la productora por considerar que algunos contratos eran contrarios a la legislación anticompetencia. Entonces, la productora catalana recurrió la sanción ante la Audiencia Nacional para que anulara la totalidad del expediente y de la sanción. En su sentencia, la Audiencia Nacional estima todas las alegaciones presentadas por Mediapro y establece la irregularidad de la sanción de 6’5 millones impuesta al Grupo.
La Audiencia Nacional a través de esta sentencia reconoce la legalidad de los contratos firmados por Mediapro y confirma que no eran contrarios al Derecho de la competencia y que la multa de 6.573.000 euros fue indebidamente impuesta. La multa tenía su origen en un expediente sancionador incoado por la CNMC a Mediapro por suscribir con los clubes de fútbol contratos de adquisición de derechos audiovisuales de la Liga y Copa de S.M. el Rey”.