A primeros del año 2024 se ha aprobado la Ley de Enseñanzas Artísticas Superiores por parte del Consejo de Ministros, iniciando así su trámite parlamentario.

ACCESO AL ANTEPROYECTO DE LEY

Esta Anteproyecto llega a la Comisión de Educación del Parlamento y tras las enmiendas presentadas se aprueba el siguiente texto:

NUEVA VERSIÓN DEL PROYECTO DE LEY ENLACE

El texto seguirá en próximos meses su curso parlamentario, esperando que pueda aprobarse en breve.

La Asociación «Alianza Audiovisual» ha sido especialmente activa en la negociación de esta ley y en una reunión reciente con el Ministro de Cultura  Ernest Urtasun y  el Secretario de Estado de Cultura Jordi Martí, el ministro preguntó por sectores (danza, artes escénicas, música, circo y audiovisual), y AA explicó su opinión sobre el texto definitivo y sus propuestas de mejora.

El Gobierno ya había aprobado este proyecto de ley la pasada primavera pero el adelanto electoral impidió el trámite parlamentario que ahora se ha reactivado. 

AA ha presentado algunas enmiendas a la ley

1) No se incluye en el Artículo 22.1 la denominación de los centros públicos que impartirán «Las Enseñanzas Artísticas Superiores de Artes Audiovisuales». Solicitamos su inclusión.

2) Hemos requerido una previsión para la modificación del Real Decreto 303/2010, de 15 de marzo, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas reguladas en la ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación para que se introduzca a las Escuelas Superiores de Artes Audiovisuales en el artículo 17.2 de la norma y se incluya un nuevo Capítulo VIII que regule los centros de enseñanzas artísticas superiores de Artes Audiovisuales.

3) Es necesaria la previsión de la adaptación del Consejo Superior de Enseñanzas Artísticas al ámbito audiovisual con la incorporación a la mayor brevedad posible de profesionales del sector, así como de representantes de asociaciones profesionales representativas.

 4) Se requiere un régimen transitorio para el profesorado que se incorpore a las Escuelas Superiores de Artes Audiovisuales. Dado que hasta ahora no ha existido ni formación ni titulaciones específicas en las distintas especialidades de las artes audiovisuales, existe un gran número de profesionales del sector sin titulación oficial pero con una amplia y reconocida trayectoria artística que los convierte en las personas idóneas para impartir estas enseñanzas. 

5) En nuestras conversaciones con el INCUAL se nos ha transmitido que no es posible incluir en el Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales estándares artísticos sino únicamente de carácter técnico. Por consiguiente, si ahora esta nueva ley pretende incluirlos es preciso que se diga expresamente que los estándares de competencia se identificarán tanto en el ámbito creativo como en el  técnico, de dichas disciplinas.

Según nos explica Alianza Audiovisual «Tanto el Ministro de Cultura como el Secretario de Estado de Cultura recibieron muy positivamente todas nuestras propuestas.  En febrero iniciaremos conversaciones con todos los partidos políticos para que escuchen nuestras enmiendas».

Nuevamente en febrero 2024 Alianza Audiovisual ha incorporado nuevas enmiendas a la Ley, al no haberse tenido en cuenta en el Anteproyecto:

  1. La necesidad de que representantes de las organizaciones profesionales de los distintos ámbitos de las enseñanzas artísticas formen parte del Consejo Superior de Enseñanzas Artísticas. 

     2. El establecimiento de un período transitorio de cinco años para incorporar como profesorado, atendiendo a su          experiencia laboral y educativa, a profesionales no necesariamente titulados (obviamente, ya que las Artes                          Audiovisuales de momento no existen como Enseñanza Superior).

    3. La inclusión tanto de los perfiles técnicos como los puramente artísticos en el Catálogo Nacional de                         Estándares de Competencias Profesionales.
 

    4. indicar los centros públicos que podrán impartir enseñanzas artísticas superiores, no se incluye ningún tipo         de centro para las enseñanzas audiovisuales (lo que serían las Escuelas Superiores de Artes Audiovisuales). 

Según explica Alianza Audiovisual «Este aspecto nos preocupa especialmente porque no se deja expresamente previsto que puedan crearse posteriormente  por vía reglamentaria. Si la ley no los nombra ni crea su denominación difícilmente podrá hacerlo un reglamento si no hay una habilitación legal para ello prevista en la ley, bien porque se los mencione expresamente bien porque se recoja que podrá hacerse por Reglamento posteriormente. Por lo que las Enseñanzas Artísticas Superiores de Artes Audiovisuales serían las únicas que, habiéndose incluido de forma expresa en la ley, se quedarían sin centros públicos para su impartición, lo que no parece de recibo. Confiamos en que nuestras enmiendas que también hicimos llegar tanto al ICAA como al Director del Gabinete del Ministro de Cultura, Álvaro Enrique Albacete, provoquen una reflexión positiva y queden reflejadas en la ley» acaba expresando AA.